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Mostrando entradas de noviembre, 2011

La nueva condición sociolaboral de los becarios

El Real Decreto 1493/201, 24 de octubre, regula los términos y condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social para quienes participan en programas de formación como becarios. Así   los becarios financiados por entidades u organismos ya públicos o privados y que estén   vinculados a estudios universitarios o estudios de formación profesional , se verán beneficiados. Aunque ha habido muchos tipos de becarios a los que no se va a reconocer. Muchos contratos laborales se han abaratado con la fórmula de la relación contractual ínfima, la beca; y mediante ella se han hecho posible grandes proyectos, con fuerte capital humano, especializado a quienes se pagó y se consideró como becarios, con todo lo que ello significa y acarrea, como puede ser prestigio profesional, aunque para acceder a la beca haya tenido la persona que pasar por tremendas cribas y selecciones o concursos. Este R.D. incluye a la formación que no tenga carácter exclusivamente lectivo sino   qu

Jubilación anticipada en siniestralidad, penosidad, peligrosidad y toxicidad

Con fecha 23 de Noviembre se publicó en BOE el   R.D. 1698/2011, 18 de noviembre,  sobre régimen jurídico y procedimiento para   establecer coeficientes reductores de edad de jubilación   en Seguridad Social para casos   de trabajos penosos, tóxicos o peligrosos que registren índices elevados de morbilidad o mortalidad. Se considera la   jubilación anticipada   como situación excepcional cuando no sea posible cambiar las condiciones de peligrosidad, penosidad, toxicidad o el propio puesto de trabajo. A los trabajadores autónomos se concede acceder a la jubilación anticipada en idénticos supuestos y colectivos para los que se establece este derecho para los trabajadores por cuenta ajena. Pero este procedimiento exige estudios sobre siniestralidad, penosidad, peligrosidad y toxicidad de las condiciones del trabajo , sobre su   incidencia   en los procesos   de incapacidad laboral   que produce en los trabajadores y los requisitos físicos exigidos para desarrollar la actividad labora

¡Evita distracciones conduciendo!

Disponer de un teléfono móvil en el coche puede facilitar las cosas. Facilitará atender una llamada telefónica de interés y el contacto con los servicios de emergencia o asistencia en carretera, si fuera necesario. Pero el uso de los móviles mientras se conduce puede traer consecuencias fatales pues supone una distracción para los conductores con lo que se incrementa el riesgo de accidentes. No se puede asegurar que todos los conductores se comporten de forma segura, por eso siempre vienen bien algunos consejos sobre conducción y telefonía móvil. Para conducir seguro hay que saber que hablar por teléfono, consultar la agenda, mandar mensajes, etc. puede distraer y ocasionar graves problemas. Se desaconseja hablar por el móvil sin un dispositivo manos libres mientras se conduce. Se deben evitar llamadas complejas o de larga duración para no perder la concentración al volante. Si las condiciones del tráfico son complicadas, lógicamente la conducta correcta será buscar para