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La nueva condición sociolaboral de los becarios




El Real Decreto 1493/201, 24 de octubre, regula los términos y condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social para quienes participan en programas de formación como becarios.
Así  los becarios financiados por entidades u organismos ya públicos o privados y que estén vinculados a estudios universitarios o estudios de formación profesional, se verán beneficiados. Aunque ha habido muchos tipos de becarios a los que no se va a reconocer. Muchos contratos laborales se han abaratado con la fórmula de la relación contractual ínfima, la beca; y mediante ella se han hecho posible grandes proyectos, con fuerte capital humano, especializado a quienes se pagó y se consideró como becarios, con todo lo que ello significa y acarrea, como puede ser prestigio profesional, aunque para acceder a la beca haya tenido la persona que pasar por tremendas cribas y selecciones o concursos.

Este R.D. incluye a la formación que no tenga carácter exclusivamente lectivo sino que también incluyan la realización de prácticas formativas en empresas, en instituciones o en entidades que  conlleven una contraprestación económica para estos becarios, que serán asimilados a trabajadores por cuenta ajena en cuanto a lo que respecta a su relación con la Seguridad Social.
El texto no afecta al personal investigador en formación, incluido en el Régimen General de la Seguridad Social regulado mediante el Real Decreto 63/2006, de 27 de enero, que aprueba el Estatuto del becario de investigación.
La incorporación al Régimen de General de la Seguridad Social, afiliación o alta, así como la baja, se producirán a partir de la fecha del inicio y expirará a la de cese de la actividad en el programa de formación. 

La cotización a la Seguridad Social por accidente no laboral y enfermedad común. - contingencias comunes- y contingencias profesionales como el accidente laboral y enfermedad profesional, conllevan la aplicación de las reglas de cotización existentes para contratos de formación y aprendizaje; y que se establecen en la Ley de Presupuestos Generales del Estado. 
No existe obligación de cotizar por desempleo, al Fondo de Garantía Salarial ni tampoco por formación profesional.
La empresa u organismo que financie el programa tendrá la condición de empresario y deberá asumir los derechos y obligaciones fijados en el Régimen General de la Seguridad Social. De esta forma los becarios tendrán la misma cobertura que los afiliados al Régimen General de la S.S., excepto en la protección por desempleo.

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Riesgos en P.R.L. en construcción

No hay que olvidar prestar atención especial a las medidas preventivas y a las recomendaciones más habituales en la construcción para que en el puesto de trabajo sean tenidas en cuenta y puestas en práctica. En el lugar de trabajo se debe contribuir con el orden y la limpieza, y comprobar y revisar las condiciones generales en las que se encuentran las instalaciones y también el puesto de trabajo, como la ausencia de machas y suciedad en los suelos, la correcta colocación y ubicación de los objetos y las mercancías, etc. Unas malas condiciones en cuanto a orden y limpieza pueden llagar a provocar caídas por resbalones y tropiezos y/o golpes contra objetos mal colocados y almacenados. Para trabajar en condiciones de orden y de limpieza se debe: Ordenar y limpiar las instalaciones y también el puesto de trabajo al finalizar la jornada. Recoger los escombros y residuos y depositarlos en los contenedores adecuados, para evitar que resbalones y caídas. Almacenar las herram

Los riesgos relacionados con la electricidad también están presentes en el entorno laboral de la construcción.

  Para realizar determinadas tareas en construcción hay que utilizar máquinas y equipos de trabajo alimentados por energía eléctrica, luego hay que prevenir los riesgos eléctricos. Los riesgos eléctricos pueden producirse de forma indirecta, al entrar en contacto con las masas puestas accidentalmente en tensión de las máquinas y los equipos de trabajo alimentados por energía eléctrica; o de una forma directa, al entrar en contacto con elementos en tensión de cables, de enchufes, de tomas de corriente, etc. Hay que tener presente que, cuando se trabaje con máquinas y equipos de trabajo conectados a la red eléctrica hay que: Evitar el uso de cualquier aparato eléctrico con las manos mojadas o húmedas. Revisar el correcto estado de las máquinas y equipos de trabajo antes de iniciar la jornada. Si detectas cualquier fallo o deterioro has de desconectarlo y comunicarlo de forma inmediata a tu encargado. 

Utiliza las escaleras de mano para realizar instalaciones o reparaciones en zonas elevadas.

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